Declaración de renta 2025

RENTA PERSONAS NATURALES · TEMPORADA 2026

Declaración de renta 2026: revísala antes de presentarla.

La declaración que se presenta en 2026 corresponde al año gravable 2025. En FASS revisamos tu obligación, información exógena, ingresos, patrimonio, retenciones y soportes para preparar la declaración conforme a tu realidad económica.

Año gravable 2025 Vencimientos: 12 ago. – 26 oct. 2026 Personas naturales
$49.799UVT de referencia del año gravable 2025.
$69.719.000Referencia DIAN para el umbral de 1.400 UVT.
$224.096.000Referencia DIAN para patrimonio de 4.500 UVT.
12 ago. – 26 oct.Vencimientos 2026 según los dos últimos dígitos del NIT.

DECLARACIÓN DE RENTA EN IPIALES

Primero confirma la obligación. Después prepara las cifras.

Para la temporada 2026, la DIAN estableció las condiciones aplicables a personas naturales respecto del año gravable 2025. Superar uno de los topes relevantes puede generar la obligación de presentar declaración, aun cuando el resultado final no necesariamente sea un impuesto a pagar.

Por eso una revisión profesional no debe limitarse a copiar valores de la información exógena o aceptar automáticamente una declaración sugerida. Es necesario verificar soportes, operaciones, patrimonio y la situación tributaria real del contribuyente.

Importante: declarar renta y pagar impuesto no son lo mismo. El valor a pagar, si lo hay, depende de la depuración y liquidación aplicable a cada caso.

TOPES AÑO GRAVABLE 2025

¿Quién debe revisar si está obligado a declarar?

La DIAN indica que para el año gravable 2025 debes verificar estas condiciones. Los valores en pesos corresponden a la referencia oficial publicada por la entidad.

PATRIMONIO BRUTOMás de $224.096.000

Patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2025 superior a 4.500 UVT.

INGRESOS BRUTOS$69.719.000 o más

Ingresos brutos durante 2025 iguales o superiores a 1.400 UVT.

TARJETAS DE CRÉDITOMás de $69.719.000

Consumos con tarjeta de crédito durante 2025 superiores a 1.400 UVT.

COMPRAS Y CONSUMOSMás de $69.719.000

Total de compras y consumos durante 2025 superior a 1.400 UVT.

CONSIGNACIONES E INVERSIONESMás de $69.719.000

Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras acumuladas superiores a 1.400 UVT.

RESPONSABILIDAD IVAResponsable de IVA

También debe revisarse si la persona era responsable del impuesto sobre las ventas al 31 de diciembre de 2025.

Nota técnica: para determinar estos topes se utiliza la UVT del año gravable 2025 ($49.799), no la UVT 2026. La DIAN publica los valores redondeados de referencia en su micrositio de Renta Personas Naturales 2025.

SERVICIO FASS

Preparación profesional de tu declaración.

El servicio se estructura a partir de la información real del contribuyente y los soportes disponibles.

  • Verificación inicial de obligación de declarar
  • Consulta y análisis de información exógena
  • Revisión de patrimonio, ingresos, deudas y retenciones
  • Identificación de soportes relevantes
  • Preparación de la declaración
  • Acompañamiento para su presentación ante la DIAN

Cotizar mi declaración

PROCESO DE TRABAJO

De la revisión inicial a una declaración sustentada.

01

Confirmamos tu situación

Revisamos topes, RUT y la información necesaria para determinar la obligación y el alcance del servicio.

02

Organizamos los soportes

Identificamos certificados, extractos, documentos de patrimonio, ingresos, retenciones y demás información pertinente.

03

Contrastamos con la DIAN

La información exógena y la declaración sugerida se utilizan como referencias, no como sustitutos de la revisión profesional.

04

Preparamos y revisamos

Se realiza la depuración correspondiente y se revisa la declaración antes de su presentación.

05

Presentación y entrega

Se acompaña el proceso de presentación y se entrega al cliente la información correspondiente al trámite realizado.

DOCUMENTOS

¿Qué conviene tener listo?

Información tributaria y financiera

  • RUT actualizado y acceso a los servicios electrónicos de la DIAN
  • Información exógena disponible para el año gravable 2025
  • Certificados de ingresos y retenciones
  • Extractos y certificados de entidades financieras
  • Certificados de aportes, retenciones u otros conceptos aplicables

Patrimonio y operaciones relevantes

  • Información de inmuebles y otros activos
  • Vehículos, inversiones y participaciones cuando corresponda
  • Soportes de deudas a 31 de diciembre de 2025
  • Información sobre compras, ventas o enajenaciones relevantes
  • Otros documentos necesarios según la realidad económica del contribuyente

El listado es orientativo. Los documentos exactos dependen de las fuentes de ingreso, patrimonio, operaciones realizadas y demás circunstancias de cada persona.

INFORMACIÓN EXÓGENA Y DECLARACIÓN SUGERIDA

Úsalas como apoyo. No como piloto automático.

La DIAN habilitó desde el 21 de julio de 2026 la consulta de información exógena del año gravable 2025. Esa información proviene de reportes realizados por terceros como empleadores, bancos, clientes, proveedores y notarías.

La declaración sugerida puede modificarse.

La propia DIAN explica que es una herramienta de facilitación: el contribuyente puede revisar, validar, adicionar, modificar o eliminar datos para que la declaración corresponda a su realidad jurídica, económica y financiera.

CALENDARIO DIAN 2026

Fecha límite según los dos últimos dígitos del NIT.

Para personas naturales y sucesiones ilíquidas, los vencimientos del impuesto de renta del año gravable 2025 van del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026.

Dos últimos dígitos del NITFecha límite
01 y 0212 de agosto de 2026
03 y 0413 de agosto de 2026
05 y 0614 de agosto de 2026
07 y 0818 de agosto de 2026
09 y 1019 de agosto de 2026
11 y 1220 de agosto de 2026
13 y 1421 de agosto de 2026
15 y 1624 de agosto de 2026
17 y 1825 de agosto de 2026
19 y 2026 de agosto de 2026
21 y 2227 de agosto de 2026
23 y 2428 de agosto de 2026
25 y 2631 de agosto de 2026
27 y 281 de septiembre de 2026
29 y 302 de septiembre de 2026
31 y 323 de septiembre de 2026
33 y 344 de septiembre de 2026
35 y 367 de septiembre de 2026
37 y 388 de septiembre de 2026
39 y 409 de septiembre de 2026
41 y 4210 de septiembre de 2026
43 y 4411 de septiembre de 2026
45 y 4614 de septiembre de 2026
47 y 4815 de septiembre de 2026
49 y 5016 de septiembre de 2026
51 y 5217 de septiembre de 2026
53 y 5418 de septiembre de 2026
55 y 5621 de septiembre de 2026
57 y 5822 de septiembre de 2026
59 y 6023 de septiembre de 2026
61 y 6224 de septiembre de 2026
63 y 6425 de septiembre de 2026
65 y 6628 de septiembre de 2026
67 y 681 de octubre de 2026
69 y 702 de octubre de 2026
71 y 725 de octubre de 2026
73 y 746 de octubre de 2026
75 y 767 de octubre de 2026
77 y 788 de octubre de 2026
79 y 809 de octubre de 2026
81 y 8213 de octubre de 2026
83 y 8414 de octubre de 2026
85 y 8615 de octubre de 2026
87 y 8816 de octubre de 2026
89 y 9019 de octubre de 2026
91 y 9220 de octubre de 2026
93 y 9421 de octubre de 2026
95 y 9622 de octubre de 2026
97 y 9823 de octubre de 2026
99 y 0026 de octubre de 2026
Consulta los dos últimos dígitos del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación. Las fechas corresponden al calendario general publicado por la DIAN para la temporada 2026.

PREGUNTAS FRECUENTES

Declaración de renta 2026, sin confundir obligación con impuesto.

La respuesta definitiva depende de la situación particular de cada contribuyente.

¿La declaración que presento en 2026 corresponde a 2026?

No. La temporada de renta de personas naturales en 2026 corresponde, en términos generales, al año gravable 2025. Se informan los hechos económicos ocurridos durante 2025 y el patrimonio correspondiente al cierre de ese año.

Si superé uno de los topes, ¿debo revisar si estoy obligado?

Sí. Los topes de patrimonio, ingresos, tarjetas, compras, consumos, consignaciones e inversiones hacen parte de las condiciones que deben verificarse para determinar la obligación de declarar, junto con la condición frente al IVA y demás reglas aplicables.

¿Declarar renta significa necesariamente pagar impuesto?

No. Presentar la declaración es una obligación formal. El impuesto a cargo, si existe, resulta de la liquidación tributaria correspondiente a la situación particular del contribuyente.

¿Puedo presentar exactamente lo que aparece en la información exógena?

No debería asumirse automáticamente. La DIAN señala que la información exógena es orientativa y que la responsabilidad de declarar la realidad económica y jurídica continúa en cabeza del contribuyente.

¿La declaración sugerida de la DIAN se puede cambiar?

Sí. La DIAN indica que el contribuyente puede modificar, adicionar o eliminar información de la declaración sugerida cuando sea necesario para reflejar su realidad económica, jurídica y financiera.

¿FASS presta asesoría para declaración de renta en Ipiales?

Sí. Puedes consultar a FASS para revisar la obligación, organizar los soportes y preparar la declaración de renta de acuerdo con el alcance definido para tu caso.

FASS · DECLARACIÓN DE RENTA 2026

Que la fecha límite no sea el momento de empezar a revisar.

Organiza tus documentos, verifica la información reportada y prepara tu declaración con acompañamiento profesional.

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